En Estados Unidos están multando a plataformas como Instagram o YouTube por generar adicción en menores. Una primera reacción ha sido de escepticismo: ¿no es esto como multar a una fábrica de chocolate porque alguien se vuelve adicto y enferma? ¿O multar a una cervecera o una destilería porque alguien se vuelve alcohólico?
Pero la comparación no es del todo justa.
El chocolate o el alcohol son productos con riesgos conocidos, pero esencialmente pasivos. Nadie ajusta en tiempo real la tableta de chocolate para que comas más, ni el vino “aprende” de tu comportamiento para volverte dependiente. En cambio, las redes sociales sí lo hacen: están diseñadas para maximizar el tiempo de uso, adaptándose a cada usuario y, en muchos casos, explotando mecanismos psicológicos muy potentes, especialmente en menores.
Aquí es donde aparece la diferencia clave, también a nivel legal.
En Estados Unidos, el enfoque es reactivo: hay que demostrar daño concreto en cada caso. Si una persona puede probar que una plataforma le ha causado perjuicios (adicción, ansiedad, autolesiones), entonces puede haber indemnizaciones. Es un modelo basado en la responsabilidad individual y en el litigio.
En Europa, en cambio, el enfoque es preventivo. No se espera a que haya víctimas claras: se obliga a las plataformas a evaluar y reducir riesgos desde el diseño, especialmente cuando afectan a menores. Es decir, la carga de la prueba se invierte: no es el usuario quien debe demostrar el daño, sino la empresa la que debe demostrar que su sistema no lo genera.
Así que no, no es exactamente como el chocolate. Quizá se parece más a diseñar una máquina que aprende continuamente cómo engancharte… y ponerla en manos de niños.
Ahí, la responsabilidad ya no es tan fácil de esquivar.

