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Deontología de los intermediarios

En octubre de 1993 se publicó el Code of practice for information brokers, un trabajo conjunto de tres asociaciones profesionales que han recibido una subvención de la Comisión Europea:
European Association of Information Services (Eusidic),
European Information INdustry ASsociation (EIIA), y
European Information Researchers Network (Eirene).

Esta última asociación agrupa intermediarios-consultores establecidos por cuenta propia.

El mencionado código deontológico o de buenas prácticas es una pauta de comportamiento para los que se dedican a asesorar o a buscar información a cuenta de terceros.

Qué son information brokers
Las dudas sobre este término no las tenemos solamente en España. El librito, disponible en inglés y más adelante también en francés, empieza explicando su alcance:

Information broker (revendedor, corredor o agente de información) tiene varios sinónimos: consultor de información, bibliotecario establecido como profesión liberal (freelance), especialista en información, información a petición, servicio de información bajo tarifa, información al detalle, infomediario“.

Nota: las traducciones literales anteriores son de la redacción de IWE.

“Generalmente se consideran information brokers quienes proveen servicios de información con fines lucrativos. Los hay de dos tipos:
-Independientes, cuya fuente principal de ingresos tiene lugar por la venta de servicios de información.
-Servicios bajo tarifa que forman parte de una organización pública o privada.”

Finalmente se dan dos definiciones:

  • Individuo u organización que (bajo pedido) intenta contestar preguntas utilizando todas las fuentes disponibles y que está en este campo para ganar dinero [ASIS Bulletin, 2 (7) número especial, febrero de 1976] (esta definición ha sido adoptada por Eirene en 1993).
  • Individuo u organización que realiza búsquedas de información para terceros, ya sean individuos u organizaciones (Eusidic, 1984).

El librito da reglas sobre:

  1. Principios éticos:
    • integridad
    • confidencialidad
    • ética profesional
    • objetividad
  1. Calidad de servicio al cliente:
    • buena práctica profesional
    • competencia profesional
    • confidencialidad
    • responsabilidad
    • publicidad y competitividad.

Pueden solicitarse copias gratuitas a:

Barry & Nuala Mahon. Eusidic. PO Box 1416, L-1014 Luxemburgo.
Tel.: +352-250 750 220; fax: 250 750 222

Foto: Tomàs Baiget


Esta información se publicó en la revista Information World en Español (IWE), n. 20, diciembre de 1993 – enero de 1994, p. 5.